IMPORTANTE
N° Base: Aplicación del Factor de Re - determinación
El CAPSF informa que a partir del 01/05/2021 entrará en vigencia el valor de Nº Base 30.240.
Los saldos pendientes de aportes de los expedientes ingresados hasta el 30/04/2021, podrán cancelarse con el valor actual hasta el 01/06/2021 inclusive.
Este Colegio de Arquitectos informa que a través de un convenio que firmó FADEA, los matriculados del CAPSF y su grupo familiar directo pueden gozar de hasta un 75% de descuento en los planes de estudio de Open English.
El colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe, hace saber la suspensión de las actividades en los colegios de distrito 2, 3 y 4 como consecuencia del decreto 0944/2020 dictado por el Sr. Gobernador que dispuso fuertes restricciones en el proceso de aislamiento social, preventivo y obligatorio, en los departamentos de Rosario, Caseros, Constitución, San Lorenzo y General López.
En consecuencia:
Las actividades profesionales ejercidas en forma liberal están suspendidas.
La construcción, en el ámbito de la actividad privada, se autoriza su prosecución, en tanto no ocupen mas de cinco personas, contabilizando en las mismas, a trabajadores, profesionales y/o contratistas.
La actividad en las sedes de los distritos 2, 3, 4 y en el propio Colegio Provincial, están totalmente suspendidas por el lapso que determina e impone el mencionado decreto 0944/2020.
Se seguirá trabajando con los canales de comunicación de cada sede.
Este Colegio de Arquitectos informa que a través de un convenio que firmó FADEA, los matriculados del CAPSF y su grupo familiar directo pueden gozar de hasta un 75% de descuento en los planes de estudio de Open English.
El colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe, hace saber la suspensión de las actividades en los colegios de distrito 2, 3 y 4 como consecuencia del decreto 0944/2020 dictado por el Sr. Gobernador que dispuso fuertes restricciones en el proceso de aislamiento social, preventivo y obligatorio, en los departamentos de Rosario, Caseros, Constitución, San Lorenzo y General López.
En consecuencia:
Las actividades profesionales ejercidas en forma liberal están suspendidas.
La construcción, en el ámbito de la actividad privada, se autoriza su prosecución, en tanto no ocupen mas de cinco personas, contabilizando en las mismas, a trabajadores, profesionales y/o contratistas.
La actividad en las sedes de los distritos 2, 3, 4 y en el propio Colegio Provincial, están totalmente suspendidas por el lapso que determina e impone el mencionado decreto 0944/2020.
Se seguirá trabajando con los canales de comunicación de cada sede.